MÉXICO, 16 de julio, 2010.- Aprobada el 28 de abril por el Legislativo local, el Gobierno del Distrito Federal (GDF) publicó ayer la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, que entre otros apuntes contempla la creación de “Áreas de Gestión Estratégicas” (AGE) con el fin de “regenerar, recualificar y revitalizar” algunas zonas de la Ciudad de México que han perdido su valor de utilidad industrial, como es la zona de Vallejo, en la delegación Azcapotzalco.
Como El Semanario publicó en su edición 280, la ley generó el rechazo de muchos ciudadanos como el Patronato San Ángel, que consideraba que la ley pretende beneficiar a las desarrolladoras inmobiliarias sin contar la opinión ciudadana o el impacto ambiental que provocaría.
Esta ley, se empata con las reformas que hizo la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a la Norma de Ordenación 26 el pasado 9 de junio, cambios que permitirán construir hasta 100,000 viviendas de interés social y popular en todas las delegaciones.
Leticia Bonifaz, Consejera Jurídica del DF, aseguró al presentar la Ley que se busca hacer “una ciudad más compacta” a través del uso de suelo “ocioso” donde se desarrollarán nuevas viviendas con estricto apego a una política ambiental sustentable y en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vialidad (SEDUVI).
Esto será a través de la creación de las AGE, “instrumentos de planeación y ordenamiento territorial del desarrollo urbano-ambiental” que serán propuestos por el propio Jefe de Gobierno del DF, Marcelo Ebrard, a un Comité Técnico integrado por la Seduvi y otras dependencias, las delegaciones, dos expertos, la Comisión Legislativa de Desarrollo Urbano y tan sólo un representante ciudadano de la zona a desarrollar.
Sin embargo, la Ley otorga al Ejecutivo Local podrá aprobar la creación de un Área de Gestión Estratégica directamente en caso de que la ALDF no presente observaciones en un plazo de 40 días recibido el proyecto.
Por otro lado, la ley lanzará un programa dentro de los próximos 90 días para regularizar inmuebles de hasta 100 metros cuadrados (m2) de superficie construida, “cuyos giros sean abasto y almacenamiento, venta de productos básicos y de especialidades administración y asistencia social de bajo impacto urbano”.
¿Qué es una AGE?
La figura de la AGE fue sustituida por la que se conocía como Zonas de Intervención Estratégica, que según un documento publicado por la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI) del DF y la Seduvi en 2008: pretenden impulsar la regeneración de “grandes áreas subutilizadas u olvidadas en perímetros históricos, industriales y naturales."
El documento publicado en el 2008 ejemplifica este tipo con la primera intervención estratégica realizada en el “enigmático Centro Histórico, que a pesar que fue declarado patrimonio de la humanidad en 1996, sufrió por muchos años grandes descuidos que lo llevaron su degradación".
Así, menciona que la zona industrial Vallejo tiene un "gran potencial para convertirse en una zona de alta tecnología. Por ello, el GDF planea una serie de intervenciones estratégicas, que incluyen la incorporación de usos mixtos para hacer ciudad como industria, generación de nuevas tecnologías, actividades recreativas, inmuebles de equipamiento social, servicios y vivienda".
Ayer, Felipe Leal Fernández, titular de la Seduvi, subrayó que la ley da certidumbre a la elaboración de los programas de Desarrollo Urbano, estableciendo procedimientos claros y plazos específicos que deberán seguir tanto las autoridades.
Señaló además que los nuevos proyectos deberán elaborarse bajo el criterio con base en el Atlas de Riesgo de la Ciudad de México, “en las condiciones de la infraestructura y en una proyección de la movilidad demográfica”.
PUBLICIDAD EXTERIOR
Por otro lado, nueva ley clasifica como delito la instalación de anuncios espectaculares y publicidad exterior que no cuenten con e licencia, misma que se complementará con la Ley de Publicidad Exterior que será publicada en los próximos días.
Determina a la Administración Pública deberá preservar y vigilar “las percepciones arquitectónicas, urbanísticas, y naturales propias del Distrito Federal, no se vean alteradas o impactadas por anuncios y publicidad exterior”.
Las sanciones se aplicarán a empresas propietarias del anuncio y su estructura, al poseedor del inmueble donde se ubique el anuncio, el productor o prestador de servicios que se anuncie y a las personas físicas y morales que se encarguen de colocarlo, como pueden ser las firmas de arrendamiento de grúas.
Las multas irán de 500 a 4,000 días de salario mínimo para quien instale, y de 50 a 1,000 para los dueños de inmuebles al igual que los arrendadores de grúas o vehículos.
En tanto, para los que talen o corten árboles para ampliar el rango de visión de los anuncios, irán de 500 a 2,000 días de salario mínimo.
Consulte la Ley de Desarrollo Urbano en la Gaceta Oficial DF
(El Semanario Agencia, ESA)
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