viernes, 18 de junio de 2010

Fallo de la Corte favorable al Caso ABC; el MP hubiera consignado un juez a Horcasitas y al ex gobernador: Carrancá

viernes, 18 de junio de 2010

El jurista Raúl Carrancá y Rivas lamentó el fallo de la Suprema Corte de Justica de la Nación (SCJN) que exonera de responsabilidad a altos funcionarios del IMSS y del gobierno de Sonora por el incendio en la guardería ABC en Hermosillo, Sonora.

El también catedrático sostuvo que el proyecto dictamen del ministro Arturo Zaldívar era más que sólido, "suficiente desde el punto de vista jurídico e impecablemente apoyado en derecho, yo lo lamento profundamente porque la injusticia es mayor, máxima, enorme, es muy triste", apuntó.

Así indicó que como ciudadano tiene el derecho de pensar que hubo distracciones, no jurídicas y que tienen que ver con el derecho, sino de otro tipo, "sabida cuenta de las presiones políticas, influencias y de que el señor Molinar Horcasitas jugó un papel destacadísimo".

Carrancá y Rivas destacó que dos artículos del Código Federal de Procedimientos Penales establecen que el Ministerio Público debe actuar cuando tiene conocimiento de la probable comisión de delitos, y no es como alegaron los ministros que votaron en contra, que el artículo 97 que los faculta para la averiguación correspondiente en caso de graves violaciones a las garantías individuales no es un artículo vinculante.

Explicó que en el supuesto de que el fallo de la SCJN hubiera sido favorable, inmediatamente debería de haber actuado el Ministerio Público federal, porque el artículo 117 del Código Federal de Procedimientos Penales señala que toda persona en ejercicio de funciones públicas, el MP en conocimiento de la probable existencia de un delito que se debe perseguir de oficio, está obligado a participar.

Además, el artículo 123 del mencionado código, establece que inmediatamente después de que el MP tenga conocimiento de la probable existencia de un delito se deberá perseguir de oficio y dictar las providencias necesarias.

"Aunque fuera sin detenidos, aunque sea el Ministerio Público hubiera consignado un juez al ex gobernador, al ex presidente municipal de Hermosillo y al señor Molinar Horcasitas cuya responsabilidad quedo plenamente identificada".

El jurista agregó que es lamentable desde el punto de vista jurídico que la mayoría de ministros en el pleno de la Corte no haya reparado en estos dos artículos y sostengan que el artículo 97 solamente cubre un espacio de declaración moral sin ninguna vinculación, con artículos o con legislación vigente.

Fuente de información, Redacción EMET

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