jueves, 1 de abril de 2010

Insta la OIT a México a resolver conflicto minero


Rosalía Vergara

MÉXICO, D. F., 1 de abril (apro).- La Organización Internacional del Trabajo (OIT) acusó al gobierno de México de actuar de manera incompatible con el convenio 87 sobre libertad sindical en el conflicto con el sindicato minero, por lo que urgió a las autoridades mexicanas a resolver el caso inmediatamente.
La OIT recordó que el pasado 26 de marzo publicó las recomendaciones provisionales de su Comité de Libertad Sindical al gobierno de México, en respuesta a una queja presentada por la Federación Internacional de Trabajadores de las Industrias Metalúrgicas (FITIM) contra la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) por interferir en la autonomía del sindicato.
En la queja, documenta cómo Napoleón Gómez Urrutia, el secretario general del sindicato minero, fue destituido por la fuerza de su cargo, después de criticar al gobierno mexicano y a Grupo México, tras el trágico accidente en Pasta de Conchos que causó la muerte de 65 mineros.
Exhibe también cómo el gobierno intervino ilegalmente en las actividades del sindicato independiente, “forzando el despido de sus dirigentes, incautado los bienes sindicales y designado para cargos de elección del sindicato a personas nombradas por él”.
Igualmente, muestra la utilización del ejército y de la policía federal para romper huelgas, matar a trabajadores y detener a líderes sindicales que luchan por condiciones de trabajo seguras en las minas propiedad de Grupo México.
En sus recomendaciones, el Comité de Libertad Sindical considera que las autoridades laborales mexicanas intervienen en actos incompatibles con el artículo 3 del Convenio 87, que establece el derecho de los trabajadores a elegir libremente a sus representantes.
“El Comité deplora la excesiva lentitud de los procedimientos judiciales en relación con varios aspectos del caso y el grave perjuicio que ha causado esto al sindicato demandante” e “insta a una rápida conclusión de los procedimientos judiciales”.
Por su parte, el Comité solicitó información adicional del gobierno mexicano sobre varios puntos, “en particular sobre la cuestión de la muerte del trabajador Reynaldo Hernández González, el uso de la fuerza pública en la mina de Cananea, las continuas órdenes de detención, la congelación de las cuentas bancarias, las amenazas y los actos de violencia, lo que comprende sindicalistas muertos y heridos”.
Además, la FITIM pidió al gobierno mexicano que responda sobre los contratos de protección que se usan en México –y en ningún otro país del mundo--, porque 90% de los contratos colectivos en el país son de esta naturaleza, violando así el derecho a la libertad sindical.
Esta demanda fue presentada por la FITIM en febrero del año pasado ante la OIT –caso 2694--. El gobierno mexicano respondió que la queja era inadmisible.
“La FITIM sostiene que el gobierno mexicano tiene que responder claramente sobre su violación de la libertad sindical mediante el uso generalizado de contratos de protección en México”, señaló la OIT.
Para la FITIM, los contratos de protección y el impacto que tienen para los trabajadores constituyen una violación del derecho a la libertad sindical previsto en el convenio 87 de la OIT, porque no se trata de una decisión tomada libremente, y seguirá ejerciendo presión para que el gobierno mexicano responda sobre esta cuestión.

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