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De acuerdo con el comunicado, la Corte considera que la "guerra sucia" -en la cual desapareció Radilla Pacheco-, "formó parte de un contexto de violaciones sistemáticas y masivas de derechos humanos". A causa de eso, la Sentencia ordena al Estado la investigación del caso y los procesos penales "que tramitan en relación con la detención y posterior desaparición forzada" de Radilla Pacheco.
Además, afirma que el Estado deberá reformar el artículo 57 del Código de Justicia Militar, pues éste es incompatible con el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el 9 de la Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas.También ordena al Estado reformar el artículo 215A del Código Penal Federal para adecuarse con los estándares internacionales en la materia. Considera también "inválida la reserva impuesta por el Estado mexicano a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas que se refiere a la prohibición de aplicar la justicia militar en estos casos".
De acuerdo con la sentencia, México tendrá que promover un acto público de reconocimiento de responsabilidad en relación con el caso en cuestión, así como que deberá realizar una semblanza de la vida de Radilla Pacheco. "El Estado deberá brindar atención psicológica y/o psiquiátrica gratuita y de forma inmediata, adecuada y efectiva, a través de sus instituciones públicas de salud especializadas, a las víctimas declaradas en el presente Fallo que así lo soliciten", añade.
La Corte declara aún que el Estado deberá pagar indemnización por daño material e inmaterial, así como el reintegro de gastos en el plazo de un año y la localización inmediata de Radilla Pacheco.
"La Corte supervisará el cumplimiento integral de esta Sentencia, en ejercicio de sus atribuciones y en cumplimiento de sus deberes de acuerdo con la Convención Americana, y dará por concluido el presente caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma", concluye la sentencia.
La sentencia completa está disponible en: http://www.espora.org/afadem/IMG/pdf/SENTENCIA_CoIDH_CASO_ROSENDO_RADILLA_AFADEM.pdf
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