miércoles, 3 de junio de 2009

Según especialistas en derecho se violó la Constitución con el operativo en Michoacán


CAMBIO DE MICHOACÁN
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Sucesos
Según especialistas en derecho se violó la Constitución con el operativo en Michoacán

Miércoles 3 de Junio de 2009
Carlos Alonso Cruz
Cambio de Michoacán


Morelia, Michoacán .- Especialistas en derecho consideraron que sí se violentó la soberanía del Poder Ejecutivo del estado cuando fuerzas Federales irrumpieron Palacio de Gobierno durante el megaoperativo del pasado 26 de mayo y que además se violaron diversos artículos consagrados en la Constitución Mexicana, en el Código Federal de Procedimientos Penales, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y la violación de los derechos humanos.

Eso sí, dejaron en claro que los funcionarios públicos ahora arraigados que resulten responsables-por presuntos nexos con el narco- deben ser castigados de manera ejemplar.

El experto en derecho y ex ombudsman del estado, Gumesindo García Morelos indicó que la Constitución Mexicana habla en su artículo 40 de la forma de Estado que existe en México, donde no se pueden sobrepasar poderes. Es decir, dijo, ninguna autoridad puede decir que en ejercicio de sus funciones está autorizado para ingresar a alguna sede de algún estado, como lo hizo el gobierno Federal en Palacio de Gobierno.

Plantea también que el artículo 67 del Código Federal de Procedimientos Penales apunta las garantías institucionales de una entidad, es decir, la autonomía del estado y de sus poderes

“Aunque se trataba de orden de presentación y localización esto implicó una intromisión a la sede de uno de los poderes del estado”. Efectivamente, al pie de la letra este artículo plantea lo siguiente: “Para la práctica de un cateo en la residencia o despacho de cualquiera de los poderes federales o de los estados, el tribunal recabará la autorización correspondiente (sic)”.

García señaló que un “punto álgido” en el particular es la presunción de inocencia, la cual, dice, tiene dos vertientes: la procesal, que apunta dar el tratamiento a toda persona acusada de delitos durante la averiguación previa o el proceso penal como inocente y, segundo, “la dimensión extra procesal”, es decir, sostuvo, que no se debe exponer públicamente a una persona como responsable mientras no se muestre la culpabilidad conforme a derecho. Señala que la Constitución Mexicana, en su artículo 20, reconoce la presunción de inocencia.

Dijo que el gobierno de Michoacán tiene la posibilidad de presentar ante la Corte una controversia constitucional, con lo que se podría declarar como un acto inconstitucional (la irrupción), en caso de resolución favorable, y se dejaría un precedente jurídico, a fin de que no se repita la intromisión sin causa justificada.

En torno de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su artículo 8.2 y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos en su artículo 14 establecen la presunción de inocencia, dijo, las cuales no se habrían seguido al pie de la letra.

“Festín público de presentados”

El especialista en derecho y titular de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), Víctor Serrato Lozano sostuvo que fue erróneo el procedimiento de la federación para ingresar a la sede del Poder Ejecutivo del estado. Además, concuerda con García en el sentido de que se violentó el Código Federal de Procedimientos Penales con la intromisión, y aunque señala que no se cuestiona la legalidad del operativo, los excesos realizados durante éste sí.

“Esa exhibición (de los funcionarios), la lista que hizo pública el vocero de la PGR, no tiene ningún sustento jurídico para hacerlo público si estas personas son simples presentados y después retenidos y ahora arraigados”. Y deja en claro que la Constitución no le permite a la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO) “hacer este festín de exhibir públicamente a estos presentados”.

Esto quiere decir, sostuvo, que no hay los elementos ni las pruebas suficientes “ni siquiera para consignar”; lo que también indica, señaló, que la SIEDO aún tiene “serias dudas” de la probable responsabilidad de los funcionarios. Pero enfatiza que todo aquel responsable deberá ser castigado.

En el caso de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, dijo, se violentaron algunos artículos en el sentido de los excesos, la forma de cumplimentación de la detención, “hacer pública la lista y exponerlos al escarnio público”, situaciones que vulneraron los derechos a la integridad moral, al honor y a la propia imagen. También coincidió con García en el sentido de que no se respetó la presunción de inocencia.

La profesora de la Facultad de Derecho de la UMSNH y actual comisionada Presidenta de Instituto para la Transparencia y Acceso a la Información Pública de Michoacán (Itaimich), Ana Martínez Cabello, señaló que los afectados están en su derecho de interponer una denuncia por violación a sus garantías individuales.

“Sabemos que el Ministerio Público Federal tiene entre sus atribuciones citar a comparecer, si a la tercera citación no comparecen entonces se solicita a un juez que se obsequie una orden de aprehensión, pero creo que no se agotó el procedimiento” de parte del Ministerio Federal.

También dijo que el Poder Ejecutivo de Michoacán está en posibilidades de presentar una controversia constitucional ante la Corte, en virtud de la intromisión. Martínez resaltó la importancia de que los tres órdenes de gobierno luchen contra la delincuencia organizada, pero bajo un marco de respeto, coordinación “y sobre todo de comunicación”.

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